DIP. CARLOS MARTÍNEZ AMADOR PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E. El que suscribe, Juan Carlos Natale López, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 144 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, someto a consideración de este órgano colegiado el siguiente Punto de Acuerdo por el que, se solicita respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor, emprenda una campaña de verificación para evitar prácticas abusivas contra los consumidores en los comercios que expenderán las listas de útiles escolares y otros productos solicitados por las instituciones educativas, para el próximo ciclo escolar 2016–2017, entre otros, bajo los siguientes: C O N S I D E R A N D O S Que a diario, los integrantes de la sociedad interactúan con el objeto de producir, intercambiar, distribuir o consumir de bienes y servicios, por lo cual es necesario que la autoridad intervenga con la finalidad de salvaguardad los intereses de cada individuo y evitar alguna afectación en contra de su patrimonio. Que según cifras oficiales del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), en Puebla viven un millón setecientos noventa y nueve mil setecientos cuarenta y cuatro niños y niñas de cero a catorce años, que representan el treinta y uno por ciento de la población de la entidad, lo que significa que por lo menos ese porcentaje de población, se encuentra en el supuesto de tener que cursar la educación obligatoria en nuestro País. Que el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece: Artículo 28.-… … Las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de esos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como el alza de precios. La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses Que en este ciclo escolar dos mil dieciséis, dos mil diecisiete, los padres de familia y/o tutores de todas aquellas niñas, niños, adolescentes, universitarias y universitarios que continúan con sus estudios, deberán adquirir ciertos productos solicitados por las instituciones educativas ya sean públicas o privadas para poder llevar a cabo sus actividades cotidianas como estudiantes. Que como Legisladores, debemos custodiar los intereses de nuestros representados impulsando acciones tendientes a prevenir cualquier tipo de abuso por parte de alguna autoridad o de cualquier otra persona, en este caso, de quienes comercien útiles escolares, uniformes o productos de esta índole. Que ante tal situación existen proveedores que buscan incrementar sus ganancias de forma abusiva, aprovechando las circunstancias en las que se encuentran los padres de familia y/o tutores, incrementando el costo de los productos escolares debido a su gran demanda ocasionada por el próximo inicio de las clases. Que en mil novecientos setenta y seis se promulgó la Ley Federal de Protección al Consumidor y surgió la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) como la institución encargada de defender los derechos de los consumidores, prevenir abusos y garantizar relaciones de consumo justas. México se convirtió en el primer país latinoamericano en crear una procuraduría y el segundo con una ley en la materia. Que en el artículo 8 de la Ley Federal de Protección al Consumidor manifiesta que: “ARTÍCULO 8.- La Procuraduría verificará que se respeten los precios máximos establecidos en términos de la Ley Federal de Competencia Económica, así como los precios y tarifas que conforme a lo dispuesto por otras disposiciones sean determinados por las autoridades competentes.” Que por tales motivos considero importante solicitar respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor, emprenda una campaña de vigilancia para evitar abusos en contra de los consumidores que requieren adquirir útiles escolares para el próximo ciclo escolar dos mil dieciséis, dos mil diecisiete y garantizar un equilibrio en las relaciones comerciales que forman parte de nuestro desarrollo como sociedad y que son imprescindibles para el sostenimiento y avance de nuestro País. Por lo anteriormente expuesto, se propone a los integrantes de esta Soberanía el siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- Se solicita respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor, emprenda una campaña de verificación para evitar prácticas abusivas contra los consumidores en los comercios que expenderán las listas de útiles escolares y otros productos solicitados por las instituciones educativas, para el próximo ciclo escolar 2016–2017. SEGUNDO.- Se otorgue el trámite correspondiente y se turne a la Comisión General respectiva para su análisis y resolución procedente. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE Z. A, 19 DE JULIO DE 2016 DIP. JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO